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domingo, 24 de febrero de 2013

Articulo de El Día, IES San Miguel



Una asociación denunciará en la UE los temblores del instituto

Domingo 24 de febrer de 2013
Álvaro Morales, San Miguel (periodista periódico El Día)

Ante el silencio regional y tras dirigirse al Diputado del Común, Happy Childrens acudirá a la Unión y no descarta recurrir a Estrasburgo.


El presidente de la asociación internacional Happy Children, Florian Strat, y otros miembros de la directiva de la entidad han decidido dirigirse a la Comisión Europea para que analice la situación del IES San Miguel, víctima en marzo y noviembre de 2012 de temblores de tierra y grietas que, según recalca, han causado mucho temor entre la comunidad educativa.
En declaraciones a EL DÍA, Strat critica que el director general de centros e infraestructuras educativas del Gobierno regional, Demetrio Suárez Díaz, no le haya respondido a sus cartas y, por eso, pedirá en la UE que se investigue si se está incumpliendo la ley por la imposibilidad de que su asociación y la de padres de alumnos del centro accedan al informe geológico que se debió elaborar para construir este equipamiento, así como otros documentos sobre las obras realizadas y el Libro de Órdenes.
Tras cumplirse los plazos legales de respuesta, la entidad ha optado por acudir a las instancias más altas de la UE, aunque advierte de que, de esta manera, la que quedará manchada es la marca España, y no solo el Gobierno regional.
Antes de dicha decisión, también se han dirigido a la Fiscalía General y al Diputado del Común, al que le presentaron un escrito de queja precisamente por no haber recibido la documentación solicitada.
Strat asegura que diversos padres les han mostrado su preocupación por los temblores y por que se puedan repetir en el futuro con consecuencias catastróficas. Subraya que el centro se ejecutó encima "de tres cuevas" y que resultan muy lógicas las dudas y desconfianza de los padres y alumnos.
En caso de que no les satisfagan las gestiones de la UE, la asociación internacional proinfancia anuncia que recurrirá al Tribunal de Estrasburgo ante una situación que considera muy grave y que atenta contra la ley de acceso a la información por parte de los ciudadanos.
Antes de las gestiones de esta entidad, diversos padres de alumnos se dirigieron también a la Consejería para solicitar dicha documentación, pero se toparon, según señala, con una reacción de absoluta opacidad, por lo que algunos recurrieron a la asociación para que mediara.
Durante los días en que se produjeron los temblores, muchos alumnos y padres quedaron conmocionados, si bien se dijo que habían sido motivados por causas naturales.
La asociación discrepa y teme que obedezcan al material y las características geológicas de la zona, por lo que advierte de que no descansará hasta obtener los documentos y las garantías adecuadas de que no hay riesgo para la comunidad educativa, tomando las acciones oportunas en caso contrario.

lunes, 18 de febrero de 2013


I.E.S San Miguel... continuación

Nuevas Medidas A Tomar

Hemos ido a solicitar una Orden Judicial al juzgado de Guardia de Santa Cruz de Tenerife, para obtener la documentación de la Consejería de Educación.
No nos la han concedido, aduciendo que se debe tramitar a traves de lo contencioso administrativo.
Esta respuesta no nos resulta aceptable, puesto que que está en juego la vida o la seguridad de 500 niños, y pasan los meses y nadie resuelve nada.
Asi que La Junta Directiva de Happy Childrens ha decidido realizar nuevas actuaciones.

Denunciaremos estos hechos ante el Gobierno de Canarias

Consideramos que el Gobierno de Canarias debe estar informado de estas irregularidades, puesto que La Consejería de Educación es competencia de el.
Enviaremos una carta exponiendo los hechos, y solicitaremos a los periódicos de tirada nacional que nos publiquen la carta. Este procedimiento se llama comunmente Carta Abierta.
Si el Gobierno de Canarias consiente en perpetuar estas actuaciones irregulares, podría constituirse en responsable de cualquier daño que pudieran sufrir los alumnos del Instituto, y sería denunciado ante el Tribunal de Estrasburgo.
En todo caso, está obligado a obedecer la Ley y respetarla.
Hoy 18 de febrero de 2013, hemos expuesto este problema ante la secretaria del Sr Presidente.

Exigiremos a la Consejería hacer pública su posición oficial con respecto a la entrega de copias de la documentación.

Solicitaremos el apoyo de todos los medios de comunicación para conseguir una declaración de cuál es la postura oficial de la Consejería de Educación frente a estas irregularidades, pudiendo ocurrir 2 cosas:
1º que nos faciliten la citada documentación al reconocer nuestro derecho
2º reconocer que la Consejería tampoco prevee cumplir con la Ley en cuyo caso iniciaremos las acciones judiciales pertinentes

Iniciar una querella a través de la Fiscalía de Menores contra el Director Demetrio Suarez

El Director General de Centros e Infraestructuras Educativas, Don Demetrio Suárez Díaz, incumple la Ley 30/92 referente a el derecho de los ciudadanos a los registros y documentos públicos.
Nuestro propósito es esclarecer la seguridad del edificio, y realizar estudios privados que nos lo certifiquen.
Creemos que la Consejería está ocultando irregularidades, puesto que nos ocultan la documentación y entorpecen en todo lo posible nuestro acceso a ella.
Desde este momento hacemos personalmente responsable al citado Director de cualquier daño que pudieran sufrir los niños en ese Instituto.
Emprenderemos acciones judiciales, ya no contra la Consejería, sino contra el citado Director.

Presentada Denuncia ante El Defensor del Pueblo

1ª Medida


Habiendo sido solicitados en anteriores oportunidades, tanto por parte de los padres de alumnos como por el alcalde de San Miguel, el Libro de Ordenes (necesario para la construcción) y los pertinentes estudios geológicos; a la Consejería de Educación, al Director General de Centros e Infraestructuras Educativas, Don Demetrio Suárez Díaz; se hace constar que no se ha obtenido la mencionada documentación. 
Por esta razón y con motivo de obtener esta documentación, Asociación Internacional Happy Children ha aprobado en reunión de su Junta Directiva, el día 18 de enero de 2013, solicitar el Libro de Ordenes y los estudios geológicos pertinentes a la construcción del I.E.S. San Miguel, para su estudio por parte de una comisión privada de expertos.

Carta Presentada a la Consejería de educación el 22 de enero de 2013

viernes, 15 de febrero de 2013

70 millones de niños europeos en juego...!!!



Ley Happy Childrens

Objetivo:

Prohibir la publicidad económica que contenga imágenes y/o sonidos de menores entre 0 y 14 años y toda publicidad destinada a niños menores de 14 años


A) Fundamentos Generales
Para los jóvenes tiene gran importancia su integración en el grupo. Para no caer en la desigualdad, se sienten obligados a aceptar los estereotipos sociales. Esto los hace especialmente vulnerables a cualquier influencia de la población adulta. (Manipulación)
La publicidad económica tiene una gran incidencia en la socialización de los jóvenes, pero muchas veces transmiten una imagen equivocada de sí mismos, esta imagen acaba siendo asumida por los propios jóvenes y es causa de graves trastornos de la personalidad.
También la publicidad económica infantil, hace uso de persuasión para reforzar sus mensajes comerciales. Esta imagen colectiva, en muchos casos es negativa. Asi se genera en la personalidad de los jóvenes, una barrera entre lo que son realmente y lo que quieren ser.
B) Fundamento principal
No se debe aprovechar de la inocencia de los niños para hacer publicidad de un producto, con fines económicos. En todo caso. Pero mas aún cuando dan beneficios a la población adulta.
C) Objetivos Fundamentales
La publicidad económica como actividad remunerada por una empresa anunciante esconde y exagera aquellos valores que le interesa destacar y desecha los que no favorecen su estrategia persuasiva de ventas.
En general asi como se destaca en todos los reportes e informes de los consumidores, los niños aparecen con mas frecuencia en los anuncios que otros grupos sociales. Hacia ellos se dirigen buena parte de estos mensajes.
En publicidad, la infancia y la juventud son valores que venden muy bien.
La publicidad infantil puede traicionar (pervertir) su información original por mala representación, ocultando hechos importantes. (se oculta la información real, en beneficio de un objetivo de ventas) (se cede ante la presión de agencias de publicidad, exigencias del mercado, etc... a fin de ocultar aspectos no deseables o embarazosos) Solamente se resaltan los aspectos que son favorables a los fines que se persiguen. En publicidad no se dice la verdad, se dice lo que conviene.
En principio la publicidad, y esto es muy grave, cuando se hace referencia a un producto que tiene como objetivo a un niño, se utiliza no simplemente para informar sino para persuadir y motivar, para convencer sin argumentos reales a las personas que tutelan al niño, para que compre el producto. Aqui podemos estar hablando de una manipulacion de la sociedad.
Es un serio abuso, una ofensa a la dignidad humana. Cuando esto sucede en las sociedades opulentas es malo pero cuando esto ocurre en una sociedad mas desfavorecida donde abundan los problemas socio económicos es mucho peor aún.

Publicidad infantil y la estrategia persuasiva (Javier Bringue)



La incorporación del niño al mercado de bienes y servicios, es hoy en día un hecho induscutible. El niño es consumidor y se define como tal desde tres aspectos:
A) Mercado primario con posibilidad de realizar compres con dinero propio.
B) Sujeto de influencias, cuando sus preferencias incide en el consumo o en el gasto ajeno.
C) Como mercado futuro, cuando adquiere determinados conocimientos y actitudes sobre marcas y productos que todavía no están a su alcance.
Esta faceta del niño, como consumidor conlleva entre otras cosas que también entre a formar parte de la comunicación publicitaria como sujeto específico.
La aparición creciente de productos infantiles, (ropa, videos, productos comestibles, ofertas bancarias) viene acompañada de ofertas publicitarias que tienen como objetivo principal este tipo de público y por lo tanto se puede definir como publicidad infantil.

A) Las operaciones que el niño realiza cuando ve un anuncio
1º Atiende el mensaje
2º Distingue entre anuncio y programa
3º Comprende la intención del mensaje
4º Interpreta el contenido del mensaje (Ej, estereotipos sexuales)

B) Los efectos
1) Modificación de sus actitudes y valores
2) Realización de peticiones para comprar la marca o el producto a padres e iguales
3)Influencia en las elecciones del niño y en su comportamiento de compra
C) Métodos persuasivos

1) Testimonios directos de una o varias personas reales. Los personajes del anuncio son individuos de la calle, (no actores profesionales) que explican los aspectos relevantes del producto y su uso interpelando directamente al espectador del mensaje.
2) Testimonios directos de una persona ficticia.Igual al caso anterior pero utilizando a actores profesionales en lugar de personajes reales.
3) Testimonios indirectos. Los personajes principales, reales o ficticios muestran mediante comentarios entre ellos los atributos del producto.
4) Presentación del niño ofreciendo el producto a otros niños. Este formato permite que el espectador conozca sin ser interpelado directamente, las razones para comprar el producto.
5) Adultos o personaje fantástico ofreciendo el producto. En este caso, se trata de poner en relevancia los recursos argumentales de la información persuasiva. Se consideran tres aspectos:
5.a) el destinatario primario de este tipo de mensajes
Público al que se dirige principalmente el mensaje: primariamente al niño y al adulto o conjuntamente, según la acción persuasiva.
5.b) la intención del esfuerzo persuasivo
El anuncio pretende convencer al niño para que él mismo compre el producto, o por el contrario trate de conseguir que pida a otros que le compren el producto
5.c) el beneficio principal en que se apoya la argumentación del mensaje

Estrategias Abusivas


Estrategias en las que se apoya la acción persuasiva:
Los argumentos que mas frecuentemente ofrece un anuncio, tienen como objetivo/destinatario tanto al niño en sí, como a los padres, que son los que compran el producto.
Estos argumentos son:
1) la acción del juego individual
2) el juego colectivo de los niños
3) la creación de mundos imaginarios y de fantasía
4) la acción de juego asociada a la práctica de algún deporte
5) el desarrollo de habilidades y a actitudes competitivas
6) los poderes especiales que el niño puede tener y personificar imaginativamente mientras compra y usa el producto”

Justificación del Proyecto



En conclusión de todos los contenidos enunciados, creemos los autores del proyecto que la publicidad económica con los menores afecta en lo mas profundo uno de los derechos fundamentales de la infancia.
La convención sobre los derechos del niños aprobada por las Naciones Unidas especifica 4 principios fundamentales:
a) el derecho a la vida
b) discriminación por razón de sexo, raza, religión
c) el interés superior del niño con el derecho a la educación
d) la participación: los menores tienen derecho a ser consultados sobre las situaciones que les afecten y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta
En virtud de este derecho fundamental de la infancia, se solicita a los organismos europeos la aprobación de la ley Happy Childrens que tiene como único punto:
Prohibir la publicidad económica que contenga imágenes y/o sonidos de menores entre 0 y 14 años y toda publicidad destinada a niños menores de 14 años

No nos detendrá nadie...!!!


Presentada Denuncia En La Fiscalía, Contra El Director de Infraestructuras Educativas

martes, 12 de febrero de 2013

Las Nuevas Medidas De Happy Childrens



Nuevas Medidas A Tomar

Hemos ido a solicitar una Orden Judicial al juzgado de Guardia de Santa Cruz de Tenerife, para obtener la documentación de la Consejería de Educación.
No nos la han concedido, aduciendo que se debe tramitar a traves de lo contencioso administrativo.
Esta respuesta no nos resulta aceptable, puesto que que está en juego la vida o la seguridad de 500 niños, y pasan los meses y nadie resuelve nada.
Asi que La Junta Directiva de Happy Childrens ha decidido realizar nuevas actuaciones.

Iniciar una querella a través de la Fiscalía de Menores contra el Director Demetrio Suarez

El Director General de Centros e Infraestructuras Educativas, Don Demetrio Suárez Díaz, incumple la Ley 30/92 referente a el derecho de los ciudadanos a los registros y documentos públicos.
Nuestro propósito es esclarecer la seguridad del edificio, y realizar estudios privados que nos lo certifiquen.
Creemos que la Consejería está ocultando irregularidades, puesto que nos ocultan la documentación y entorpecen en todo lo posible nuestro acceso a ella.
Desde este momento hacemos personalmente responsable al citado Director de cualquier daño que pudieran sufrir los niños en ese Instituto.
Emprenderemos acciones judiciales, ya no contra la Consejería, sino contra el citado Director.

Denunciaremos estos hechos ante el Ministerio de Educación

Consideramos que el Ministerio de Educación debe estar informado de estas irregularidades.
Enviaremos una carta exponiendo los hechos, y solicitaremos a los periódicos de tirada nacional que nos publiquen la carta. Este procedimiento se llama comunmente Carta Abierta.
Si el Ministerio consiente en perpetuar estas actuaciones irregulares, podría constituirse en responsable de cualquier daño quepudieran sufrir los alumnos del Instituto.
En todo caso, está obligado a obedecer la Ley y respetarla.

Exigiremos a la Consejería hacer pública su posición oficial con respecto a la entrega de copias de la documentación.

Solicitaremos el apoyo de todos los medios de comunicación para conseguir una declaración de cuál es la postura oficial de la Consejería de Educación frente a estas irregularidades, pudiendo ocurrir 2 cosas:
1º que nos faciliten la citada documentación al reconocer nuestro derecho
2º reconocer que la Consejería tampoco prevee cumplir con la Ley en cuyo caso iniciaremos las acciones judiciales pertinentes